¿Puedo desgravar la hipoteca en la declaración de la Renta?

3 minutos
  • Los contribuyentes que compraron su casa antes del 31 de diciembre de 2012 pueden seguir desgravándosela en los ejercicios posteriores
  • Puedes deducirte el 15% de la cuota de la hipoteca para  la compra de vivienda habitual, hasta un máximo de 9.040 euros anuales
    hipoteca declaración de la Renta

Comprarse una casa es una de las decisiones más importantes a las que se debe hacer frente, además de ser una de las partidas a las que más dinero se destina mensualmente. Pese a los años de endeudamiento, en España la compra de vivienda sigue siendo importante. En la mayoría de los casos, la vía para acceder a la compra de este bien es solicitando una hipoteca.

Ahora bien, ni todas las hipotecas son iguales ni tienen las mismas condiciones. Una de las grandes diferencias que existe es la posibilidad de ser desgravadas en la Declaración de la Renta. Aquí, el factor esencial para saber si un hipotecado podrá desgravar un porcentaje de lo pagado por este concepto es el año de concesión.

¿Qué hipotecados pueden desgravarse la cuota de la hipoteca?

La Ley 16/2012 de 27 diciembre es el documento por el cual se suprimió la deducción por adquisición de una vivienda habitual. De esta forma, sólo podrán deducirse la compra de vivienda habitual los que la hubieran adquirido antes del 1 de enero de 2013.

La propia ley establece un periodo transitorio y permite a todos los contribuyentes que hayan comprado su residencia habitual antes del 31 de diciembre de 2012 seguir desgravándosela. También podrán seguir beneficiándose de esta deducción los que hayan realizado pagos para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad antes de esa fecha.

¿Cuánto te puedes deducir de la hipoteca en la Renta?

Para saber cuál es la cantidad máxima que puede desgravarse de las cuotas de la hipoteca hay que acudir a la Ley 20/2011 del 30 de diciembre. El documento establece que la deducción por inversión en vivienda habitual de la que podrán beneficiarse los contribuyentes es el 7,5% de la cantidad pagada por este concepto en el periodo en cuestión. A este 7,5%, correspondiente al tramo estatal, habría que sumar el porcentaje perteneciente al tramo autonómico por lo que la deducción total asciende hasta el 15%.

En lo que respecta a la cantidad máxima sobre la que se puede aplicar la deducción, la ley fija la base imponible en 9.040 euros. Es decir, si una persona paga 5.000 euros al año de hipoteca, se podrá deducir un 15% de este gasto, lo que se traduce en 750 euros. Ahora bien, los que tengan un gasto anual igual o superior a 9.040 euros sólo podrán deducirse esta cantidad, es decir, se les devolverá 1.356 euros anuales como máximo.

Una hipoteca, varios titulares

En los matrimonios lo más habitual es que la hipoteca esté a nombre de los 2. En este caso, la declaración se puede hacer de 2 formas: conjunta o por separado. Es importante analizar muy bien qué es lo que más compensa. Y es que si la declaración se presenta por separado, cada miembro puede deducirse el 15% pero sólo de su mitad, no del total; mientras que si se hace de manera conjunta la deducción del 15% sería sobre toda la cantidad. Es decir, la cantidad recibida sería la misma, de una manera u otra.

Hipoteca y divorcio, ¿qué ocurre con la deducción?

Compartir hipoteca con la pareja es muy habitual pero si ésta se rompe surge la duda de qué ocurrirá a partir de entonces con la deducción de la que se disfrutaba. Pues bien, una vez más, la ley contempla esta situación y recoge que en los casos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, el contribuyente podrá seguir practicando esta deducción por las cantidades pagadas. Para ello, la casa sobre la que pesa la hipoteca deberá seguir siendo la vivienda habitual de sus hijos y del progenitor que tenga la custodia.

Comparar hipotecas con Rastreator.com

La vivienda ideal de los españoles cuesta 150.000 euros y tiene una hipoteca mensual de 500 euros, según un estudio del portal inmobiliario Pisos.com. Al precio de la casa en sí hay que sumar el coste del resto de trámites asociados a la operación como es el IVA o los gastos notariales.

Aunque hay personas que pueden hacer frente a la compra de una casa sin la necesidad de pedir financiación, la gran mayoría necesita solicitar una hipoteca. La gran oferta que hay en el mercado y los distintos tipos de préstamos hipotecarios hacen necesario comparar antes de tomar la decisión.

El comparador de hipotecas de Rastreator permite comparar los tipos de interés y cláusulas de los distintos préstamos para contratar el apropiado.

Escrito por:
Sergio Carbajal

Responsable de Hipotecas de Rastreator. Experto en mercado hipotecario y productos financieros con más de 20 años de experiencia en el sector