Seguros para caballos

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  • Los seguros para caballos pueden cubrir la responsabilidad civil, pero también la asistencia veterinaria o el sacrificio.
  • Se pueden contratar desde los 6 meses y hasta un máximo de 20 años, aunque depende del tipo de caballo y de si es de paseo o carrera, entre otros.

 

Cuando se tiene en propiedad un animal se adquieren responsabilidades y obligaciones tanto con él como con terceros. Su cuidado y los daños materiales y personales que pueda causar deben tenerse muy en cuenta a la hora de comprar o adoptar un perro , pero también un gato o un caballo. Este último, debido a su tamaño y valor económico pueden conllevar mayores gastos de asistencia veterinaria y, si se descontrolan, pueden ocasionar daños por un elevado valor económico.

Al igual que se asegura un animal doméstico, una casa, un coche o la propia salud también es posible hacer lo mismo con los caballos. Los seguros de Caballos no sólo cubren la responsabilidad civil de su propietario, sino que también contemplan su fallecimiento o robo así como la asistencia veterinaria para que su bienestar esté asegurado.

 

¿Es obligatorio contratar un seguro para los caballos?

La legislación española no exige la contratación de un seguro de Caballos, pero sí indica específicamente la responsabilidad de los dueños de este tipo de animales. El artículo 1905 del Código Civil indica que «el poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa del que lo hubiese sufrido».

Así, el seguro de Caballo no es obligatorio como puede ser el de otros animales como los Perros Potencialmente Peligrosos (PPP) . Sin embargo, el elevado importe al que puede tener que hacer frente su propietario si el animal provoca daños materiales o personales a un tercero que se los reclame hace que se trate de una póliza muy recomendable si se posee un animal de estas características.

El valor del caballo para la aseguradora

A la hora de asegurar un caballo el valor de éste es clave para contratar la póliza. De éste dependerá la prima que tendrá que pagar el propietario y por lo tanto la suma asegurada que se necesita contratar para su protección. Es decir, es necesario especificar cuánto vale el caballo para determinar la cantidad máxima con la que tendrá que indemnizar la aseguradora en caso de siniestro.

Algunas compañías del sector permiten a los propietarios pactar el valor de su caballo en el momento de la firma del contrato, no limitándose así al valor que tiene éste en el mercado, mientras que otras lo estiman según el precio que tiene. Así, en el caso de que fallezca o sea robado el interesado recibe la cuantía económica que él estima que costaba su caballo y no la que le habrían pagado si hubiera querido venderlo.

Las coberturas de los seguros para caballos

Los seguros de Caballos, al igual que los de Mascotas , contemplan tanto coberturas que protegen al propio animal como a su dueño. Este tipo de producto asegurador incluye garantías básicas como el fallecimiento o robo del animal así como la responsabilidad civil por los daños materiales o personales que pueda ocasionar a un tercero.

La cobertura de cada póliza para caballos depende de la aseguradora con la que se suscriba y del nivel de protección que se quiera contratar, pero pueden contar con las siguientes coberturas como básicas y opcionales:

Responsabilidad civil del caballo

La cobertura de responsabilidad civil (RC) protege al dueño del animal frente a las posibles consecuencias (personales y materiales) que puede ocasionar el caballo a terceros. Es decir, que la aseguradora se hace cargo de la cuantía que se puede exigir al asegurado (como propietario) por los daños que cause el animal.

Al contratarla es necesario tener en cuenta que la cobertura de responsabilidad civil protege de las reclamaciones por daños de terceros, aunque la persona que va cabalgando sobre el animal no es considerada como tal. Por lo tanto, para asegurar al jinete es necesario optar por otro tipo de pólizas.

Garantía de fallecimiento y pérdida de uso

Los propietarios de estos mamíferos pueden contratar cobertura de fallecimiento e incluso de pérdida de uso.

Fallecimiento del caballo

La cobertura de fallecimiento garantiza al asegurado una indemnización en el caso de que el caballo fallezca debido a un accidente o enfermedad. Además, esta cobertura puede incluir los gastos de retirada de restos e incluso los de la necropsia.

Pérdida de uso

Por otro lado, en el caso de que tras sufrir un accidente o enfermedad el caballo se vea imposibilitado para realizar su labor el propietario recibe una cuantía económica a modo de compensación por la pérdida. Es decir, que si un caballo de paseo cuenta con esta cobertura pero tras un accidente no puede transportar ningún jinete su dueño es compensado monetariamente.

Sacrificio

Otra de las garantías que se suele encontrar dentro de los seguros para caballos es la del sacrificio del animal. Con su contratación la aseguradora lo contempla en 2 circunstancias: sacrificio económico y necesario. El primero de ellos es el que se practica en el matadero cuando el animal asegurado no puede realizar ninguna actividad según su veterinario, mientras que el sacrificio necesario lo realiza un veterinario para poner fin a una enfermedad o accidente con consecuencias mortales e incurables.

Accidentes y asistencia veterinaria

Estas pólizas también protegen al caballo en el caso de que sufra un accidente. La cobertura de accidentes o asistencia sanitaria consiste en la prestación de tratamiento veterinario sin que suponga un coste añadido para el propietario. Puede incluir su hospitalización así como la cirugía y los gastos quirúrgicos para tratar síndromes de cólico, fracturas graves, infecciones, problemas respiratorios u otras causas.

El alcance de esta garantía depende de la aseguradora con la que se contrate y de la póliza elegida. Así, en algunos casos el límite económico se sitúa en la suma asegurada que se haya fijado en la contratación, mientras que en otros casos se estipula una cantidad máxima por siniestro y un tope anual.

En cuanto al centro veterinario en el que se recibe la asistencia, la mayoría de las aseguradoras cuenta con convenios con hospitales y clínicas específicas, pero en muchos casos es posible encontrar la opción de acudir a cualquier hospital veterinario ante un problema de salud del animal y, tras adelantar el coste de la intervención, recibir el reembolso (total o parcial) por parte de la aseguradora.

Robo, hurto o pérdida

En el caso de que el caballo sea robado con actos violentos, hurtado o bien se pierda, los seguros de Caballos suelen contemplar indemnizaciones económicas para compensar su desaparición. En algunos casos la cuantía de la misma se sitúa en el 80% de la suma asegurada, aunque depende de la entidad.

Asegurar el transporte del caballo

También pueden incluir (hasta el límite de la suma asegurada) los daños que el animal sufra durante su embarque, transporte y desembarque en España u otros territorios. Esta cobertura se suele limitar a circunstancias como la estancia en recintos feriales o certámenes con una duración inferior a los 30 días.

El transporte del caballo no sólo puede ser asegurado a través de una póliza que proteja al animal, sino que también existen pólizas específicas para el traslado de estos animales.

Infertilidad

Otra cobertura, opcional y especialmente dirigida a yeguas y sementales, es la que protege a los propietarios de éstos frente a la pérdida de la función reproductora. Cubre la incapacidad total o permanente de la yegua y de los sementales para poder reproducirse. Su aplicación se limita a los casos en los que dicha incapacidad es derivada de un accidente o enfermedad, no pudiendo ser ésta una epidemia (epizoótica). En el caso de las hembras también puede contratarse protección frente a abortos o partos complicados.

Contratar un seguro para el caballo

La contratación de los seguros de Caballos puede realizarse con cualquier compañía que disponga de este producto asegurador siempre y cuando el caballo en cuestión cumpla determinados requisitos y no sea utilizado para funciones excluidas de las pólizas. Además, su protección puede ser contratada a través de un seguro de Caballo con todas las coberturas que se deseen o bien a través de pólizas específicas como seguros de Vida del caballo o seguros para accidentes equinos. Es importante tener en cuenta que las normas de contratación dependen de la aseguradora y la póliza suscrita, por lo que son las Condiciones Particulares y Generales las que determinan las garantías, límites y condiciones de su aplicación.

Como en otros seguros, las coberturas, límites y garantías adicionales dependen de las necesidades del interesado (en este caso el propietario del caballo), y es posible suscribirlo con franquicias o reembolsos. Algunas aseguradoras permiten contratar el seguro de Caballos con franquicias para todas las coberturas o bien para algunas concretas, disminuyendo de este modo la cuantía de la prima. Por ejemplo, en el caso de contratar una franquicia para la cobertura de robo, el interesado recibirá una cantidad económica consecuencia de restar al valor fijado para el animal la cuantía de la franquicia (ésta en concreto suele situarse en el 20%).

¿Se pueden asegurar todos los caballos?

La contratación de un seguro de Caballo puede realizarse para todo tipo de caballos siempre que éstos estén identificados con microchip, aunque no puede hacerse a todas las edades. Para potros se pueden suscribir cuando tienen 6 meses y sólo hasta los 3 años en el caso de que sean hembras y los 4 si son machos. En el caso de los ponys, burros y mulas la edad de suscripción es de los 6 meses a los 20 años, mientras que las yeguas de reproducción pueden asegurarse desde los 3 años hasta los 15 y los sementales de los 4 a los 18 años.

Por otro lado, la edad a la que pueden comenzar a asegurarse los caballos y las yeguas suele rondar los 3 ó 4 años, pero el límite hasta el que se puede contratar una de estas pólizas depende de la función que cumplan. En el caso de que sean de paseo suele ser de los 3 ó 4 años a los 10, mientras que si son de doma la edad límite se sitúa en los 18, si son de salto en los 16 y si son de carreras sólo pueden estar asegurados hasta los 9 años.

Escrito por:
Víctor López

Licenciado en Economía por la Universidad Carlos III de Madrid e hizo un MBA en Yale. Trabajó durante 4 años en ING en banca de inversión y después pasó a ser Business Development Manager en Admiral Group, donde lideraba proyectos de seguros. En 2015 llegó a Rastreator para dirigir el área de finanzas y se ocupó del lanzamiento de diferentes productos como préstamos, hipotecas, tarjetas de crédito, cuentas y depósitos. Desde 2023 es el presidente y CEO.