Los ciclomotores también requieren del seguro obligatorio

Como ocurre con el seguro de coche y con el seguro de moto, el seguro de ciclomotor en España también es obligatorio, realizándose normalmente la póliza más básica a Terceros, puedes echar un vistazo en Rastreator.com.

A raíz de la reforma del Reglamento General de Conductores, desde septiembre de 2010, la actual licencia de conducción de ciclomotores se corresponde con el nuevo permiso de conducir AM. Además, la edad mínima para conducir estos vehículos subió entonces de 14 a 15 años.

Los conductores de ciclomotor no están autorizados a transportar pasajeros hasta que el titular hay cumplido los 18 años.

Un ciclomotor es un vehículo de motor con características inferiores a las motocicletas. Su cilindrada es menor de 50 cc. Según el Reglamento General de Vehículos, el ciclomotor no está considerado como un vehículo de motor, ya tenga 2, 3 o 4 ruedas.

Su velocidad también es limitada: no puede sobrepasar los 45 km/h ni circular por autovías ni autopistas a no ser que no haya ninguna vía alternativa para llegar a su destino; en ese caso podrá circular por el arcén a su velocidad, aunque es recomendable ir a 60 km/h (velocidad mínima de las autovías).

Para estos vehículos la inspección técnica (ITV) es obligatoria desde 2007. La primera ITV deben pasarla a los tres años si se trata de un ciclomotor de dos ruedas. Las siguientes serán cada dos años o incluso cada año cuando los responsables de la revisión así lo consideren.

Redacción Rastreator.com

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