¿Qué es el seguro de baja laboral?

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  • Los seguros de baja laboral otorgan al asegurado un subsidio diario que puede ir de los 6 a los 400 euros
  • Estos seguros compensan la reducción de ingresos durante los periodos de incapacidad temporal de un trabajador por cuenta ajena o propia

 

En las situaciones de incapacidad temporal, por accidente o enfermedad, muchos profesionales pueden ver reducidos sus ingresos mensuales considerablemente. El descenso de los ingresos y el mantenimiento de los gastos fijos pueden hacer que surjan dificultades para llegar a fin de mes. Para contrarrestar ese descenso de ingresos están los seguros de baja laboral, que facilitan un subsidio diario mientras no se puedan realizar las tareas profesionales con normalidad.

El seguro de baja laboral, también denominado seguro de subsidio, de renta diaria o de incapacidad temporal asegura una mayor cobertura y una mejor situación en caso de que se sufra alguna enfermedad o accidente laboral. Para ello otorga una prestación económica durante el periodo que dure la inactividad y que se añade a la que perciben de la Seguridad Social.

 

Seguridad social y baja laboral

Cualquier trabajador que se dé de alta en la Seguridad Social o en su Régimen Especial de Trabajadores Autónomos cuenta con prestaciones del Servicio Nacional de la Seguridad Social. Independientemente de la tipología de alta, contrato o profesión, todos disfrutan de las mismas prestaciones por asistencia sanitaria, incapacidad temporal o permanente, maternidad, jubilación y desempleo.

Las enfermedades no diferencian entre profesionales por cuenta ajena o propia, por lo que para garantizarse unos ingresos extra a los que proporciona la Seguridad Social en los periodos de incapacidad todos los trabajadores pueden suscribir seguros de baja laboral.

¿Qué es la baja laboral?

La incapacidad temporal o baja laboral es una situación en la que el ciudadano no puede realizar sus tareas y requiere asistencia sanitaria o reposo debido a una enfermedad común, profesional o a un accidente. Todos los empleados y autónomos tienen derecho a recibir un subsidio que palie, en mayor o menor medida, su falta de ingresos mientras reciba asistencia médica de la Seguridad Social y esté impedido.

El acceso a la cobertura pública se obtiene gracias a la cotización mensual a la Seguridad Social y la prestación, que se abona con una periodicidad mensual, varía dependiendo de la base reguladora del trabajador en cuestión. La cuantía que se recibe se obtiene aplicando porcentajes a la base reguladora. Así, en el caso de que se trate de una enfermedad común o no laboral, obtienen el 60% desde el día cuarto al vigésimo de la baja y el 75% a partir del día 21. Mientras que si es como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional el porcentaje es desde el primer día del 75%.

Función del seguro de baja laboral

El seguro de Baja Laboral compensa los ingresos que se dejan de obtener a causa de una incapacidad temporal. Con esta póliza el trabajador recibe la prestación de la Seguridad Social y el subsidio del seguro. Ambos son perfectamente compatibles ya que la función de este último es precisamente completar el primero.

Estas pólizas pueden ser contratadas por todos los trabajadores, aunque el colectivo de los autónomos es el que más lo hace. Suelen abonar una cantidad fija diaria que puede ir desde los 6 hasta los 400 euros por cada jornada laboral, para compensar la cuantía que deja de percibir.

Tipos de pólizas de subsidio

Existen varias opciones a la hora de contratar una póliza privada de este tipo, por lo que para elegir el adecuado es necesario tener en cuenta qué cubren y en qué circunstancias. Cada profesional es distinto, y sus necesidades y obligaciones económicas también. En general, se puede optar por un seguro de baja laboral baremado o no baremado, elegir uno u otro dependerá del perfil del trabajador, y la prima suele ser más elevada en el caso del no baremado.

Seguro de Baja Laboral sin baremo

Dentro de las 2 principales formas de indemnizar por una baja laboral están aquellas pólizas que lo hacen concediendo una cantidad de dinero fija durante cada día en el que el trabajador esté inactivo como consecuencia de un accidente o enfermedad. Con ellas el asegurado decide en el momento de suscribir la póliza cuál quiere que sea la cantidad de subsidio diario que quiere recibir, y a partir de ahí se calcula la prima que deberá abonar.

Para acceder a la indemnización diaria el asegurado debe presentar el parte de baja médica y los posteriores partes que confirmen el estado hasta que se produzca el alta definitiva. Tras el periodo de incapacidad temporal la compañía abona al cliente la cuantía referente a los días que justifique haber estado en esa situación. En los casos en los que el periodo de baja es prolongado suelen conceder anticipos periódicos que se van restando de la indemnización final que recibirá con el alta.

Seguro de Baja Laboral con baremo

La segunda modalidad de estos seguros es aquella en la que se indemniza según indica un baremo fijo. Este documento depende de cada compañía aseguradora y se adjunta a la póliza, en él se indican los días correspondientes a indemnizar en función de la causa que ha provocado la baja, independientemente de los días que el trabajador esté en esa situación.

El usuario decide al contratar el seguro la indemnización que quiere recibir por cada día de baja, pero el número de días viene estipulado por el baremo. Así, si por ejemplo la incapacidad temporal es por apendicitis recibirá el subsidio durante unos 31 días, mientras que una persona que tenga uno sin baremar lo recibe por los días reales en los que está de baja, pudiendo llegar a superar el año. Sin embargo, los seguros de este tipo no cubren bajas con un periodo de duración corto o una enfermedad o accidente leve. No suelen cubrir ningún día por gastritis, gastrointeritis, colitis ulcerosa, síndrome de colon irritable, contusiones, contracturas o cefaleas, entre otras causas.

Entre las ventajas, si el usuario opta por un seguro de Baja Laboral con baremo sabe con antelación la indemnización que va a cobrar porque ésta está preestablecida según el diagnóstico. Al contrario que las que no incluyen baremo, en éstas se cobra la indemnización al entregar a la aseguradora el parte de baja en el que se especifica la lesión que sufre el trabajador.

Coberturas del seguro de desempleo

Estas pólizas ofrecen subsidio diario por accidentes y enfermedades, pero también se pueden contratar con garantías por hospitalización, invalidez o fallecimiento.

  • Incapacidad Temporal: cubre las situaciones físicas reversibles provocadas por enfermedad o accidente siempre que no estén originadas por voluntad del asegurado.
  • Fallecimiento: la aseguradora abona al beneficiario de la póliza la cantidad que se estipule al contratarlo.
  • Invalidez permanente absoluta: en el caso de que se trate de una incapacidad permanente el usuario recibe la prestación que se haya indicado en las condiciones concretas de su póliza.
  • Indemnización diaria por hospitalización: garantiza que se va a recibir el pago de una cantidad monetaria diaria en el caso de tener que ser hospitalizado por accidente o enfermedad.
  • Otras coberturas: algunas aseguradoras ofrecen cobertura de protección de pagos dentro de este seguro para garantizar el pago mensual de la póliza por cada mes consecutivo de incapacidad temporal. También se puede incluir liquidación de tarjetas de crédito, ayuda en pago de impuesto de Sucesiones, pago de las pólizas que se tengan con la compañía.

Exclusiones de la póliza de subsidio

Cada compañía y seguro cuentan con sus propias exclusiones. En general, no suelen conceder subsidio cuando la incapacidad viene derivada de hechos causados voluntariamente por el tomador, asegurado o beneficiario de la póliza o por adicciones o imprudencias temerarias. Tampoco las enfermedades o lesiones preexistentes, cuando derive de una infección de VIH o los ingresos en centros de reposo, desintoxicación o por cirugía estética.

Carencias del seguro de baja laboral

El seguro de Baja Laboral cuenta con carencias. El periodo de carencia es el que debe transcurrir entre la contratación de la póliza y el momento en el que el asegurado puede comenzar a disfrutar de sus coberturas. Este tiempo varía dependiendo de la aseguradora, pero sobre todo de la enfermedad que provoque la incapacidad y de si es un producto baremado o no.

Así, en el caso de que se produzca por un accidente no suelen tener ningún día de carencia, pero en el caso de todo lo relacionado con el embarazo puede ir de los 8 a los 12 meses, mientras que las enfermedades que no requieran intervención tienen unos 2 meses y con ella cerca de medio año.

La franquicia en el seguro de baja laboral

La franquicia es el número de días desde la fecha del siniestro indemnizable en los que ya hay baja médica pero el asegurador no paga indemnización. Este periodo se fija en las condiciones de la póliza y cuanto mayor sea menor será la prima. Para calcular el subsidio es necesario restar a los días de baja la franquicia. Así, si el tiempo está fijado en 15 días pero el asegurado tiene una franquicia de 5 sólo percibirá indemnización por 10 días.

Contratar un seguro de baja laboral

Una baja laboral puede hacer que tus ingresos sean, temporalmente, más bajos de lo habitual y que no lleguen a cubrir tus necesidades. Para compensar los ingresos de la Seguridad Social durante ese periodo lo más recomendable es prevenir contratando un seguro de baja laboral.

Para hacerlo ten en cuenta que la prima variará dependiendo de tu edad y actividad profesional, entre otros factores, pero también de la cuantía que desees recibir diariamente durante el periodo en el que estés inactivo, y de si eliges una póliza con o sin baremo o franquicias. Además de sumar tranquilidad a tu vida obtendrás ventajas fiscales, porque los seguros son deducibles hasta 500 euros anuales.

Escrito por:
Marta Martín

Periodista especializada en PR con experiencia en prensa y comunicación corporativa. Escribe artículos en Rastreator desde febrero de 2021 para los productos de Seguros y Viajes.