La ley permite reclamar miles de euros por cláusulas abusivas en ejecuciones hipotecarias anteriores a 2013
- Dos sentencias judiciales abren la puerta a que miles de afectados puedan reclamar su dinero
- La cláusula suelo o los intereses de demora son algunas de las prácticas abusivas más frecuentes
Las cláusulas abusivas han perjudicado a miles de hipotecados, que han tenido que asumir gastos y comisiones que les perjudicaban o no les correspondían en el momento de comprar su vivienda. Algunas de ellas, como los intereses de demora, dispararon la deuda de los propietarios y les llevaron a una inevitable ejecución hipotecaria. Estas familias perdieron su casa y ahora es imposible recuperar la vivienda embargada, pero sí pueden reclamar parte del dinero pagado por este tipo de cláusulas abusivas.
La Asociación de Usuarios Financieros (Asufin) hace hincapié en que la legislación posibilita la restitución de las cantidades económicas abonadas de manera injusta en los procesos de ejecución hipotecaria que tuvieron lugar antes de 2013. Antes de esa fecha, “no cabía la posibilidad de examinar contratos y escrituras que llevase incluso a parar ejecuciones”, explica la asociación. No obstante, dos fallos judiciales, uno emitido por el Tribunal Supremo y otro por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), han allanado el camino para las reclamaciones.
El Tribunal Supremo y el TJUE avalan a los hipotecados
Tanto el Tribunal Supremo como el TJUE respaldan a los hipotecados en este sentido. Por un lado, la sentencia del Tribunal Supremo 526/2017 del 27 de septiembre ampara a los consumidores que quieran revisar la liquidación de intereses y el cobro de cláusulas abusivas como la cláusula suelo, “que a tipos desorbitados, del 20% o incluso 29%, fueron aprobadas en infinidad de ejecuciones”, o los intereses de demora.
Además, una sentencia anterior, pero esta vez del TJUE, permite que “en cualquier momento se pueda plantear la nulidad por abusiva de cualquier cláusula contenida en el préstamo ejecutado”. De esta forma, los afectados pueden reclamar miles de euros en comisiones a pesar de que hayan pasado varios años desde la ejecución hipotecaria.
Asufin explica que solo en 2012 se produjeron 39.051 entregas de vivienda habitual a los bancos, la mitad voluntarias (incluidas las daciones en pago) y la otra mitad por vía judicial. Con estos datos, la asociación estima que entre 2008 y 2013 se iniciaron 90.000 ejecuciones hipotecarias que podrían ser objeto de reclamación de cláusulas abusivas por los consumidores.
¿Qué cláusulas abusivas se pueden reclamar?
La asociación indica que los consumidores afectados pueden reclamar todas las cláusulas abusivas, “especialmente aquellas que dan lugar al retorno económico”. Antes de 2013, una de las más comunes era la cláusula suelo, la cual establecía un interés mínimo que los bancos aplicaban en las hipotecas variables, impidiendo que numerosos hipotecados se beneficiaran en su cuota de la bajada del euríbor. También es posible revisar los gastos asociados con la constitución de la hipoteca, como el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), además de los intereses de demora. Estos conceptos únicamente sirvieron para aumentar la deuda de los hipotecados, conduciendo a la ejecución de desahucios debido a la incapacidad de muchos de ellos para cumplir con los pagos.
Periodista especializado en SEO y Economía y Finanzas con experiencia en medios de comunicación desde 2017. Escribe artículos en Rastreator desde septiembre de 2021 para los productos de Seguros, Telefonía y Energía.