Riesgos extraordinarios en el seguro de coche

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  • El Consorcio de Compensación de Seguros es una entidad pública que cubre riesgos extraordinarios como las inundaciones
  • La prima del seguro de coche incluye el recargo destinado al Consorcio y es indispensable estar al día en los pagos para poder recibir su indemnización

Riesgos extraordinarios seguro cocheTemporales, inundaciones, erupciones volcánicas… los automóviles están expuestos a sufrir graves daños a causa de situaciones imprevistas e incontrolables, más allá de los accidentes de circulación. Se trata de calamidades que se conocen como riesgos extraordinarios.

Si el coche está debidamente asegurado, se puede pensar que la póliza cubrirá los daños ocasionados en situaciones extraordinarias. Sin embargo, ninguna compañía aseguradora incluye este tipo de riesgos en sus pólizas, ni siquiera en las de a todo riesgo. Esto no significa que ante este tipo de eventualidades el asegurado tenga que hacer frente a los gastos de reparación.

Para cubrir estas situaciones atípicas existe el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), la entidad pública que se hace cargo de los daños en determinados siniestros. Este organismo se financia a través de un porcentaje que se incluye en las pólizas. De hecho, si revisas el recibo de tu seguro, verás un recargo para el Consorcio destinado a riesgos extraordinarios.

¿Qué son los riesgos extraordinarios?

Los riesgos extraordinarios son siniestros imprevisibles e incontrolables que pueden ocasionar daños materiales y físicos en los vehículos. Se contemplan tres tipos de fenómenos causantes:

  • Fenómenos de la naturaleza: los más habituales en España son, sobre todo, las inundaciones, aunque también se incluyen erupciones volcánicas como la de La Palma, terremotos, maremotos, tempestades ciclónicas, tornados y caídas de meteoritos. No se incluyen aquellos hechos por los que se puede exigir responsabilidad civil a alguien, como las riadas causadas por la rotura de una presa, por ejemplo.
  • Fenómenos ocasionados por violencia: incluye los siniestros que son consecuencia de actos de terrorismo, rebelión, sedición, motín y tumulto popular.
  • Siniestros producidos por las Fuerzas Armadas y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado en tiempos de paz.

¿A quién debo reclamar?

Aunque se cuente con un seguro a todo riesgo, la póliza no cubre los daños ocasionados por fenómenos naturales o eventos violentos. En todo caso, se puede comunicar lo sucedido a la compañía aseguradora para que derive la reclamación al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). El asegurado también puede presentar la solicitud directamente al Consorcio.

El CCS es un ente público adscrito al Ministerio de Asuntos Económicos a través de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y su cometido es cubrir los riesgos extraordinarios. Al tener contratado un seguro de coche, un porcentaje del pago de la prima va destinado al Consorcio. Por tanto, para recibir el respaldo del CCS, es indispensable que estés asegurado con una póliza. Pero no solo eso, para poder cobrar la indemnización, la póliza debe estar vigente en el momento de producirse los daños y debes estar al día en el pago de las primas.

¿Cuándo tengo derecho a que el Consorcio cubra el riesgo extraordinario?

El Consorcio cubrirá los riesgos extraordinarios siempre que:

  • Tengas contratado un seguro de coche con recargo del Consorcio. El recargo del Consorcio sólo se paga cuando contratas un seguro de daños propios (todo riesgo) o a terceros ampliado con alguna cobertura optativa (robo, incendio y/o lunas). Si contratas un terceros básico sin ninguna cobertura opcional, no pagarás el recargo del Consorcio y, por tanto, no quedarás cubierto en este tipo de siniestros.
  • Debes tener el seguro en vigor y haber pagado el último recibo. En tal recibo tiene que aparecer la prima de recargo abonada al Consorcio. Esta prima es normalmente un porcentaje pequeño (alrededor del 1%) del importe que pagas a tu compañía.

¿Cómo presento una reclamación?

La solicitud de indemnización se puede presentar directamente al Consorcio bien a través de su página web, o bien por vía telefónica.

Para presentar la solicitud vía online es necesario disponer de DNI electrónico y acceder al enlace de “Cobertura de Riesgos Extraordinarios: solicitud de indemnización vía web”. De entrada, la aplicación pide los siguientes datos:

  • Datos del seguro: número de póliza y compañía aseguradora
  • Datos del asegurado: nombre y apellidos o razón social, NIF o CIF, dirección y número de teléfono
  • Datos bancarios: número de cuenta bancaria para el abono de la indemnización
  • Datos del vehículo dañado: matrícula, marca, modelo y, en su caso, datos del taller en el que se encuentre, para facilitar la labor de peritaje.

A continuación, la aplicación te guía en los sucesivos pasos del proceso. Al terminar de registrar la solicitud, recibirás un número como clave de identificación.

Si prefieres solicitar la indemnización por teléfono, se debe llamar al número de atención 900 222 665 y facilitar los mismos datos.

Se recomienda presentar la solicitud con la mayor brevedad posible. A modo de referencia, la Ley del Contrato de Seguro indica un plazo de siete días después de producirse el siniestro, aunque el Consorcio puede aceptar solicitudes que superan el plazo.

Una vez esté registrada la solicitud, el Consorcio realizará un peritaje para comprobar la información facilitada. Para la indemnización, se contemplan dos escenarios. Si se declara el siniestro total, recibirás el importe del valor venal del vehículo, es decir, el valor en el mercado de un coche del mismo modelo y antigüedad en años que el tuyo. Por el contrario, si el automóvil puede ser reparado, la indemnización cubrirá los gastos de dicha reparación.

¿Con qué seguros están cubiertos los riesgos extraordinarios?

Ninguna póliza de coche incluye una cobertura para los riesgos extraordinarios. Ahora bien, como es el Consorcio de Compensación de Seguros quien se encarga de asumir los gastos en estas circunstancias, es necesario contratar un seguro en cuya prima se incluya un recargo para esta entidad. Solo los seguros de coche a todo riesgo y a terceros ampliado tienen este concepto, por lo que si quieres estar protegido frente a los fenómenos naturales y otros riesgos extraordinarios es importante que no te conformes con una póliza básica. En el comparador de seguros de coche de Rastreator encontrarás todas opciones de las aseguradoras, así como las coberturas que ofrece cada una de ellas para que elijas la protección que necesitas.

Escrito por:
Alex Atxa

Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, especializado en marketing y comunicación para empresas y organizaciones, centrado en la redacción y difusión de contenido divulgativo.