Trámites para el duplicado, alta o baja de tu vehículo

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  • A la hora de comprar un coche, el cambio de titularidad no es el único trámite que se suele realizar. En algunas ocasiones también es necesario dar de alta o de baja el vehículo
  • Hay dos formas de dar de baja un coche, temporal o definitiva, y cada para cada uno de ellas hay que pagar la tasa correspondiente en la DGT

La compra de un coche es, a veces, una de las decisiones más difíciles a las que nos enfrentamos. Son muchas las cosas que hay que elegir: la marca y el modelo, el combustible (diesel o gasolina) o los accesorios de serie u opcionales (techo solar, navegador, climatizador…), entre otras cosas.

Pero la adquisición no es el único trámite que podríamos tener que realizar. Darlo de baja o de alta son sólo algunas de las situaciones a las que podemos tener que enfrentarnos. Por ello, hemos elaborado esta guía para ayudarte a realizar estos trámites en el caso de que te vieras en la situación.

¿Cómo dar de baja tu vehículo?

La baja es el trámite a través del cual el propietario de un vehículo informa al Registro de la Dirección General de Tráfico de la retirada de la circulación de éste. Los requisitos varían dependiendo del tipo de baja en tráfico que se quiera realizar, ya que existen 2 tipos: definitiva o permanente y temporal.

Es más, tener dado el coche de baja (de forma temporal o definitiva) en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico es la única situación que exime de la obligación de tener contratado un seguro de coche que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil frente a terceros.

Baja definitiva

La baja definitiva se lleva a cabo cuando has decidido deshacerte de tu coche debido a su antigüedad o si lo vas a trasladar a otro país.

Antigüedad

Si el vehículo que quieres dar de baja es un turismo o una furgoneta con un peso que no supere los 3.500 kg el establecimiento encargado de tramitar la baja definitiva será el Centro Autorizado de Tratamiento (CAT), previa entrega del vehículo, del permiso de circulación y de la tarjeta de inspección técnica. También deberás entregar el documento de identificación, así como la solicitud de baja firmada que se te entregará en el CAT.

Antes de abandonar el centro debes asegurarte de que te han entregado el certificado de destrucción del vehículo y el justificante de la baja definitiva. Estos documentos son realmente importantes ya que el primero te permitirá dar de baja el impuesto de circulación y el seguro, mientras que con el segundo lo acreditarás en Tráfico.

Por su parte, el Centro Autorizado será el encargado de destruir el vehículo así como de anotar en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) la baja del auto.

En el caso de que quieras dar de baja otro tipo de vehículo distinto a los anteriores como, por ejemplo, un ciclomotor, una motocicleta, un vehículo pesado o uno catalogado de especial, el procedimiento es algo diferente.

Para realizar este trámite puedes elegir entre acudir a un Centro Autorizado de Tratamiento, que no es obligatorio, o a la Jefatura de Tráfico. En este último caso, deberás aportar la solicitud de baja debidamente rellenada, el permiso de circulación del vehículo, la tarjeta de inspección técnica y la tasa de baja (a no ser que la antigüedad sea superior a los 15 años).

La tasa cuesta 8,30 euros. Ahora bien, si aportas el certificado de tratamiento medioambiental o si el tiempo transcurrido desde su primera matriculación en España es igual o superior a los 15 estarás exento de pagar dicho impuesto.

 Traslado al extranjero

Otro de los motivos que te permiten dar de baja un vehículo de manera definitiva es si decides llevártelo fuera de España de un modo definitivo (no de vacaciones o un simple viaje) y, por tanto, lo das de baja en el Registro de Vehículos español. El trámite lo podrás realizar en las Jefaturas de Tráfico o a través de un Gestor Administrativo y tendrás que entregar la solicitud de baja, la tasa (8,30 euros), la documentación del vehículo y la información fiscal exigida.

Ahora bien, si el país al que te vas a llevar el vehículo no forma parte de la Unión Europea deberás adjuntar una declaración responsable en la que acredites que no es un residuo.

Baja temporal

Haberlo vendido, que te lo hayan robado o la alegación de motivos personales son los principales supuestos que te permiten dar de baja un vehículo de manera temporal. El lugar en el que deberás solicitarlo es en la Jefatura de Tráfico de la provincia en la que tengas tu domicilio o en aquella en la que se matriculó el coche.

La documentación que tendrás que entregar para realizar el trámite de manera fructífera es muy similar a la necesaria para solicitar la baja definitiva. La solicitud de baja, la tarjeta de ITV, el permiso de circulación y el pago de los 8,30 euros de tasa. Este importe deberá ser abonado a no ser que el coche haya sido sustraído, en cuyo caso tendrás que aportar la denuncia.

¿Cómo dar de alta tu vehículo?

En más de una ocasión, es probable que quieras volver a circular con un vehículo que haya sido dado de baja de manera temporal. Ya sea porque te lo habían robado y ha aparecido o porque has comprado uno que estaba en esa situación de incapacidad para circular.

Con baja definitiva

Volver a dar de alta un coche que se encuentra dado de baja definitiva no siempre es posible y en este caso estaríamos frente a un trámite conocido como rehabilitación. Para volver a poner tu vehículo en circulación deberás presentar en la Jefatura de Tráfico la solicitud pertinente, la tasa que asciende a 95,80 euros (excepto para ciclomotores que es de 26,70 euros) y la documentación identificativa correspondiente.

Si tú eres el que solicita el alta del vehículo pero no eres el titular deberás entregar un documento que acredite la propiedad. Ahora bien, si el vehículo te fue adjudicado por la Delegación del Gobierno en una subasta para el Plan Nacional sobre Drogas te será suficiente con el acta o certificado de adjudicación para solicitar su rehabilitación.

Cuando hayas entregado toda la documentación requerida, la Jefatura de Tráfico enviará un oficio a una estación de ITV para que evalúe el vehículo. Si el coche supera la inspección tendrás que presentar lo siguiente:

  • Tarjeta de ITV.
  • Justificante del pago o de la exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento de la población en la que residas.
  • Justificante del pago o la exención del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si no se presenta factura y el solicitante es distinto al último titular del vehículo.

Con baja temporal

El procedimiento para dar de alta un vehículo que se encontraba en situación de baja es distinto al de situación temporal. En esta ocasión, tendrás que aportar en la Jefatura de Tráfico de la ciudad en la que residas solicitud, tasa (algo más de 8 euros) e identificación. Además, tendrás que añadir la tarjeta de la ITV y el acta de recuperación del vehículo si el motivo de la baja temporal había sido el robo o hurto de éste. Es más, en esta situación estarás exento de pagar la tasa de alta.

¿Qué ocurre con el seguro de coche?

Dar de baja o de alta un vehículo son 2 de los trámites que están a la orden del día. Cuando un coche está en situación de baja, temporal o definitiva, el titular puede cancelar el seguro y devolver el recibo del seguro de coche siempre y cuando se informe en los plazos de tiempo establecidos. Ahora bien, si la anulación se produce antes de que la póliza venza, el usuario renuncia a la parte de la prima que no ha disfrutado.

Por otro lado, si se decide dar de alta de nuevo un vehículo es necesario contratar una póliza que cubra, como mínimo, la responsabilidad civil. Y es que, desde el momento en el que el coche es apto para circular tiene que contar con una póliza en vigor.

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Escrito por:
Alba Ruiz

Licenciada en Periodismo con un máster en Marketing Digital. Está especializada en Seguros y Telefonía, donde escribe con regularidad desde 2017. Actualmente es la responsable de las redes sociales de Rastreator.