Seguro de hogar: ¿se puede cobrar la indemnización y no reparar el daño?

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  • Las compañías suelen optar por la opción de la reparación, pero en algunos casos ofrecen la alternativa de la indemnización
  • Es bastante difícil que la aseguradora te realice la indemnización en metálico sin pedir previamente el envío de las facturas del coste de la reparación
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En algunos casos podrás cobrar la indemnización y no realizar la reparación.

Cuando tienes un siniestro de hogar tu compañía aseguradora se hará cargo de la reparación siempre y cuando el daño esté reflejado en las condiciones del contrato. Lo normal es que te envíen un profesional que valore la avería y realice un informe pericial, para que puedan ir a repararla los profesionales adecuados. No obstante, en algunos casos es posible que el asegurado prefiera cobrar directamente la indemnización y realizar la reparación por su cuenta, o, incluso, no arreglarla. Pero, ¿es posible hacer esto? ¿Se puede cobrar la indemnización y no reparar la avería? Vamos a verlo.

Reparación o indemnización

Un seguro de hogar siempre cubre el continente, es decir, todos los elementos de la construcción y estructura de un edificio o vivienda, y el contenido, que son los bienes que se encuentran en el interior de una vivienda. Para saber hasta dónde llegan las garantías de la póliza lo mejor es comprobar el documento de condiciones de esta, ya que en este aparecen reflejados los importes de las diferentes indemnizaciones.

Por ello, si has tenido un siniestro y tu seguro lo cubre, tendrás que hablar con tu compañía para notificar el daño y que se pueda iniciar el proceso establecido para su arreglo. En cuanto a la reparación, tal y como establece el en el artículo 18 de la Ley de Contrato de Seguro: “el asegurador está obligado a satisfacer la indemnización al término de las investigaciones y peritaciones necesarias para establecer la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo”. No obstante, aclara que, “cuando la naturaleza del seguro lo permita y el asegurado lo consienta, el asegurador podrá sustituir el pago de la indemnización por la reparación o la reposición del objeto siniestrado.

Así las cosas, como decíamos antes, tu compañía podrá elegir entre dos opciones:

  • Reparación: En este caso la compañía se encargará de enviar a tu vivienda a los profesionales necesarios para subsanar la avería y se hará cargo de todos los gastos.
  • Indemnización: Si eliges que seas tú mismo quien se encargue de buscar quién realice el arreglo y que tras presentar la factura a la aseguradora te haga el reembolso del importe.

Normalmente las aseguradoras suelen optar por la opción de la reparación, pero en algunos casos ofrecen la alternativa de la indemnización.

¿Puedo cobrar la indemnización y no hacer la reparación?

Sí, puedes hacerlo. Cuando se produce un siniestro y el perito acude a tu casa para realizar la valoración, puedes llegar a un acuerdo con tu aseguradora para que te realice el ingreso en metálico del importe de la reparación. Una vez cobrado ya dependerá de ti realizar el arreglo o dejarlo como está.

No obstante, te recordamos que es bastante difícil que la aseguradora te realice la indemnización en metálico sin pedir previamente el envío de las facturas del coste de la reparación. Esto estará reflejado en el condicionado, así que antes de solicitar el reembolso o el dinero en metálico asegúrate de que tu aseguradora contemple alguna de estas opciones.

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Escrito por:
Alba Ruiz

Licenciada en Periodismo con un máster en Marketing Digital. Está especializada en Seguros y Telefonía, donde escribe con regularidad desde 2017. Actualmente es la responsable de las redes sociales de Rastreator.