Renta 2023: ¿se puede deducir el seguro de hogar en la declaración?

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  • Puedes deducirte el seguro de hogar en la declaración de la Renta si tu hipoteca es anterior a 2013 y te exigía contratar una prima
  • Propietarios e inquilinos también pueden deducirse este gasto en los pisos de alquiler
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El seguro de hogar es uno de los gastos deducibles en la declaración de la Renta

La campaña de la Renta 2023 comienza el 3 de abril de 2024 y, con ella, surgen cientos de dudas sobre qué deducciones puedes aplicar en tu declaración. Uno de esos gastos deducibles es el seguro de hogar, aunque para ello debes cumplir los requisitos que exige la Agencia Tributaria.

¿En qué casos desgrava el seguro de hogar?

El seguro de hogar solo es deducible si asegura la vivienda habitual y cumples ciertos requisitos o si la prima protege un inmueble que tienes en alquiler. En función de cada caso tendrás que añadir el importe en una casilla u otra dentro de tu declaración de la Renta.

Además, los autónomos pueden deducirse el seguro de hogar, siempre que sea un gasto necesario para su actividad profesional.

Deducción por inversión en vivienda habitual

El seguro de hogar es uno de los gastos que puedes incluir dentro de la deducción por inversión en vivienda habitual. Ahora bien, solo podrás beneficiarte de la deducción si el seguro está incluido en las condiciones de la hipoteca que solicitaste para la compra, rehabilitación o ampliación de tu vivienda habitual y siempre y cuando te hayan concedido el préstamo antes del 1 de enero de 2013. También tienes derecho a la deducción si:

  • Has pagado las obras de rehabilitación o ampliación de tu vivienda antes del 1 de enero de 2013 y las obras finalizaron antes del 1 de enero de 2017.
  • Has pagado obras para adecuar la vivienda a personas con discapacidad antes del 1 de enero de 2013 y las obras finalizaron antes del 1 de enero de 2017.

Por norma general, solo podrás incluir en la base de deducción el importe por la cobertura de incendios del seguro de hogar. Sin embargo, puedes incluir el importe total de la prima si tu banco te exigió contratar ese seguro de hogar específico.

Para poder incluir el seguro de hogar como gasto deducible debes añadir el importe en las casillas 547 y 548 de tu declaración, donde se especifican las cantidades con derecho a deducción por inversión en vivienda habitual.

Deducción por alquiler

El seguro de hogar de una vivienda en alquiler es un caso que puede afectar tanto al propietario de la vivienda como al inquilino. Lo bueno es que en ambas partes pueden beneficiarse de una deducción en su IRPF.

  • Para el propietario, el seguro de hogar forma parte de los gastos deducibles, tanto si es de responsabilidad civil como si incluye las coberturas de robo, incendio, rotura de cristales, etc. En este caso, debes incluir el importe en la casilla 114 de tu declaración, correspondiente a “Primas de contratos de seguro”.
  • Los inquilinos pueden incluir su seguro de hogar en la base de deducible si la prima cubre el continente del inmueble y es un requisito exigido por el arrendador. El importe se suma a la cantidad que hayas pagado por el alquiler y se notifica en las casillas 562 y 563. Esta deducción solo está disponible para los inquilinos con un contrato de arrendamiento anterior al 1 de enero de 2015.

Deducción del seguro de hogar para autónomos

Un caso especial es el de los autónomos, que podrán deducirse la cuota del seguro de hogar si realizan su actividad laboral desde casa. Sin embargo, no se desgrava el total de la prima, sino el porcentaje correspondiente a la parte de la vivienda que se destina a la actividad profesional. Es decir, solo podrás deducirte la parte del seguro de la habitación en la que trabajas.

La Agencia Tributaria explica que se deben cumplir tres requisitos para que un gasto sea deducible en la declaración de la Renta de los autónomos:

  • Debe estar vinculado a la actividad económica del contribuyente.
  • Debe estar debidamente justificado con su factura correspondiente.
  • Debe quedar registrado en el libro de contabilidad.
Escrito por:
Alejandro Maisanaba

Periodista especializado en Economía y Finanzas con experiencia en medios de comunicación desde 2017. Escribe artículos en Rastreator desde septiembre de 2021 para los productos de Seguros, Telefonía y Energía.