Los seguros de Hogar y Vida en la declaración de la renta
Junio de 2014
- En enero de 2013 se suprimió la deducción por la compra de una vivienda.
- Los seguros de Vida y Hogar son deducibles siempre que su contratación fuese un requisito establecido por el banco.
Entre los meses de abril y junio muchos ciudadanos, previo cumplimiento de ciertas premisas, están obligados a hacer la Declaración de la Renta. Aunque no es un procedimiento complicado sí que precisa de cierta atención por parte de los usuarios, ya que no incluir ciertos gastos puede suponerles una cuantía menor a recibir por parte de la Agencia Tributaria o una mayor a pagar.
Actualmente, uno de los bienes que pueden incluir muchos contribuyentes en su Declaración de la Renta y que les permite desgravarse una parte es la hipoteca de su vivienda habitual, y con ella algunos productos vinculados a ésta, como pueden ser el seguro de Hogar o Vida. Pero para ello se deben cumplir ciertos requisitos, no todos los usuarios pueden beneficiarse de esta deducción. ¿Quién puede desgravarse estos seguros y en qué condiciones?
Fin a la deducción por vivienda: 01/01/2013
Desde el 1 de enero de 2013 la Ley 16/2012 de 27 diciembre suprimió la deducción por adquisición de una vivienda habitual. De esta manera, todos aquellos que a partir de esa fecha adquiriesen una casa no podrían incluirla en su declaración de la renta.
Eso sí, la ley estableció un régimen transitorio para que los usuarios que hubiesen realizado algún pago para la compra de su primera vivienda antes del 31 de diciembre de 2012 pudieran seguir practicando su deducción. También pueden seguir optando a estos beneficios fiscales los que hubiesen «satisfecho cantidades para la construcción, ampliación, rehabilitación o realización de obras por razones de discapacidad en su vivienda habitual» antes de la fecha.
¿Son deducibles los seguros de Hogar y Vida?
Las cantidades abonadas anualmente como primas de seguros vinculados a la hipoteca y que son exigidos pos éstas para su concesión sí son deducibles, tal y como asegura la Agencia Tributaria. Esta deducción se practica sobre las cantidades satisfechas en el año para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual. Por tanto, los gastos derivados del seguro de Hogar y Vida serán deducibles sólo si son obligatorios debido a las condiciones que están recogidas en el contrato de préstamo hipotecario. En ese caso, sí que formarán parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual.
Así, las primas de los contratos de seguros de Vida y de Hogar serán deducibles siempre y cuando estén incluidos en las condiciones obtenidas para la adquisición o rehabilitación de la misma, recalca la Agencia Tributaria en su Guía de la Declaración de la Renta de 2013.
En el caso del seguro de Hogar se especifica que sólo será deducible la parte correspondiente al porcentaje del seguro obligatorio, el que hace referencia a la cobertura de Incendios.
Contratación del seguro, requisito del banco
En definitiva, la prima del seguro de Vida y la parte proporcional a la cobertura de Incendios del seguro de Hogar sólo serán parte de la base de deducción por inversión en vivienda habitual siempre que su contratación fuese un requisito puesto por el banco para conceder la hipoteca.
En el caso de que la entidad no obligara al usuario a la contratación de dicho seguro pero sí que fuese un requisito para disminuir la cuota del diferencial también podría ser deducible como parte de la base de deducción de la inversión ya que ésta viene impuesta por las clausulas del propio préstamo.
Las casas hipotecadas, obligadas a tener seguro
Los usuarios no están obligados a contratar un seguro de Hogar salvo que la casa esté hipotecada, en ese caso la vivienda deberá contar con un seguro de Hogar, específicamente con la cobertura de incendios, garantía de la hipoteca.
El seguro no tiene que ser con el banco
Eso sí, pese a la obligación de contar con un seguro de Hogar los usuarios no tienen que contratar esta póliza con el banco que les conceda el préstamo. Es más, desde la aprobación por parte del Parlamento Europeo de la Directiva Europea de Hipotecas los bancos tienen prohibido por ley vincular una hipoteca a la suscripción de un seguro con la entidad.
Aunque los bancos no pueden «obligar» a los clientes a contratar un seguro con ellos sí que tienden a ofrecerles rebajas en la cuota del diferencial si suscriben algún producto con ellos. Aun así, los usuarios son libres para acudir al mercado, comparar precios y coberturas y contratar el seguro que más se adapte a lo que están buscado.
El borrador de la renta
A la hora de hacer la Declaración de la Renta es importante tener paciencia y tomárselo con calma ya que las prisas pueden hacer que se dejen fuera conceptos importantes. Poder beneficiarse de la deducción por inversión en vivienda habitual y no saber que se pueden incluir las primas de seguros vinculadas a ésta es un error que comenten muchos ciudadanos.
Por eso, antes de aceptar el borrador es importante estudiarlo al detalle para comprobar que está todo perfecto y que no se ha quedado fuera nada importante.