Gestión de multas, ¿es mejor pagar o recurrir?

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  • Si te multan tienes dos opciones: asumir tu fallo y pagarla o, si estás convencido de que es injusta, recurrir e intentar que te exoneren de abonarla
  • No todas las infracciones son de la misma gravedad ni tienen las mismas consecuencias por lo que las autoridades aplican las mismas sanciones en todos los casos

gestion multasConductores, copilotos, motociclistas, ciclistas, peatones… Pocos colectivos, por no decir ninguno, están exentos de recibir una multa de tráfico. Conducir por encima de los límites de velocidad establecidos, ir en el asiento trasero de un vehículo y tirar una colilla por la ventanilla o circular con tu bici por una calle demasiado estrecha son motivos más que suficientes para que te sancionen.

No todas las infracciones son de la misma gravedad ni tienen las mismas consecuencias por lo que las autoridades no pueden aplicar las mismas sanciones en todos los casos sino que la fuerza de éstas dependerá de cada tipo concreto.

Si tienes la mala fortuna de ser multado tienes 2 opciones: asumir tu fallo y pagarla o, en el caso de que estés convencido de que la multa que te han puesto es injusta, recurrir e intentar que te exoneren de abonarla.

Pero, ¿sabes cómo, dónde y cuándo pagarla? o ¿cómo tramitar un recurso y dónde presentar las alegaciones pertinente? En Rastreator.com queremos ayudarte a gestionar tus multas y para ello hemos elaborado esta guía en la que te damos unas nociones básicas que debes saber para enfrentarte, llegado el momento, a una sanción de tráfico.

Notificación, pago y recurso

Los 2 primeros trámites que llevan aparejados una multa de tráfico son: la notificación y el pago o recurso de la sanción.

Notificación de la multa

Las sanciones de tráfico te las pueden comunicar en el mismo momento en que cometes la infracción o recibir la notificación unos días después.

Si te notifican la sanción en el acto

La forma más directa que tienes de enterarte de que has cometido una infracción y que has sido multado es que te «de el alto» la autoridad pertinente y te entregue la multa en ese instante. En ese momento también deberás ser informado de tus derechos y los plazos con los que cuentas para presentar alegaciones.

Si te notifican la sanción un momento posterior

Hay ocasiones en las que no te entregan la multa en el acto sino que serás notificado en un momento posterior, eso sí, siempre y cuando se den algunas de las siguientes circunstancias:

  • Imposibilidad de detener el vehículo. Puede darse el caso que la denuncia se produzca en circunstancias en las que detener el vehículo resulte peligroso, pudiendo originar un riesgo para la circulación. Si esto ocurre el agente deberá indicar los motivos concretos que impiden que formule la denuncia en el acto.
  • Vehículo estacionado. Si un agente te denuncia cuando el vehículo está estacionado y tú no te encuentras presente, entonces, pese a que lo más probable es que te dejen la multa en el limpiaparabrisas, serás notificado a posteriori.
  • Las cámaras de los radares localizados en determinados puntos de las vías captan tu vehículo en el momento en el que cometes una infracción y envían las imágenes a la autoridad sancionadora.
  • El agente tiene constancia de que un usuario ha cometido una infracción pero en el momento de los hechos se encuentra realizando labores de vigilancia y control del tráfico y no cuenta con los medios suficientes para proceder a la persecución del vehículo.

Vías de notificación

Cuando la notificación se produce en un momento posterior al que se comete la infracción ésta no te la entregará en mano un agente sino que tendrás constancia de la sanción por otras vías.

  • Por correo
    • El dueño del vehículo recibirá en su domicilio, si la Jefatura de Tráfico lo tiene identificado, la multa. En el caso de que el dueño del vehículo no fuera el que se encontraba conduciendo el vehículo en ese momento deberá identificar al infractor.
  • Por correo electrónico y SMS

El usuario recibirá en un correo electrónico y en un SMS al teléfono móvil las notificaciones de los procedimientos sancionadores y otras comunicaciones de la Dirección General de Tráfico (DGT). Para que puedas recibir los avisos por esta vía es necesario que te des de alta en este servicio, del que te podrás dar de baja cuando quieras. Ahora bien, en el momento en que actives este servicio dejarás de recibir las notificaciones por correo postal.

  • Publicación en el TESTRA

Si no es posible notificar la multa por ninguno de los cauces anteriores entonces la Dirección General de Tráfico (DGT) procederá a su publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TESTRA). Transcurridos 20 días naturales desde que la notificación se hubiese publicado en este registro se dará por cumplido dicho trámite.

¿Pagar la multa o recurrirla?

Una vez que te han notificado la sanción tienes 2 opciones: pagar la multa o iniciar un proceso de recurso.

Pagar la multa

El pago de la multa es tu mejor opción si eres consciente de que has cometido una infracción y que la multa es totalmente justa. Además, si abonas el importe antes de que transcurran 20 días naturales desde que ésta fue notificada, a la cantidad que tendrás que pagar se le aplicará una rebaja del 50%. Si la multa es sólo económica y no has cometido una infracción que lleve aparejada la retirada de puntos de carné. De esta manera, el procedimiento administrativo finaliza con el pago.

En cuanto a lo referente a cómo y/o dónde hacer efectivo el pago la DGT enumera las distintas modalidades tienes disponibles.

  • En las Jefaturas Provinciales y Locales de Tráfico.
  • En las sucursales del Banco Santander.
  • Por teléfono llamando al 060.
  • En las oficinas de correos.
  • Por Internet.

Recurso de la multa

Ahora bien, ¿y si te han puesto una multa y no estás de acuerdo con ella? En este caso, tu mejor opción es presentar alegaciones aunque debes saber que recurrir implica no beneficiarse del descuento del 50% por pago anticipado. Así, si no obtienes los resultados esperados tendrás que pagar el 100% de la sanción.

El plazo para presentar alegaciones y/o para aportar las pruebas necesarias que demuestren que la sanción no es del todo justa es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación o desde el día siguiente al de su publicación en el TESTRA, si no fue posible la notificación.

Si una vez que has presentado las alegaciones oportunas éstas son desestimadas puedes presentar un recurso de reposición en un plazo de un mes desde la recepción de la notificación. Este recurso lo debes interponer frente al órgano que te impuso la sanción. Si en el plazo de un mes el órgano frente al que se ha presentado el recurso no publica una resolución expresa sobre éste, entonces el recurso de reposición se entenderá denegado. Llegados a este punto la única opción que te queda es iniciar un procedimiento por la vía contenciosa administrativa.

Entonces, ¿cuál es la mejor opción ante una multa?

Pagar la multa, aunque sea a regañadientes, y tratar de olvidar el mal trago es la opción que eligen muchos de los que son sancionados. Muchas veces los afectados eligen abonar el importe de la sanción, aunque estén convencidos de que es injusta, por el hecho de poder acogerse a la bonificación del 50% por pago anticipado. Aunque, si se está convencido de que se puede obtener una resolución favorable de la presentación de alegaciones no hay que dudar y tratar de conseguir que retiren la sanción.

Hay ocasiones en las que por un despiste, desconocimiento o mala suerte somos sancionados y, por muchas alegaciones que presentamos, no nos vamos a librar de pagar la multa. Pero hay otras que lo podemos evitar. Llevar la ITV en regla y contar con un seguro de Coche en vigor es obligatorio e indispensable. No cumplir con ello lleva aparejado, entre otras cosas, una fuerte sanción económica. En Rastreator.com no podemos evitar que un radar te pille pero sí podemos ayudarte a encontrar el seguro más barato para tu Coche. Entra en nuestro comparador y busca entre un gran número de aseguradoras la póliza que más se adapte a tu coche y a tu perfil de conductor.

Escrito por:
Ángela Sanz

Periodista especializada en redacción y optimización de contenidos SEO. Lleva escribiendo artículos en Rastreator desde marzo de 2018 para todos los productos de la web. Actualmente es responsable de contenido editorial de Rastreator.