Cómo cobrar un seguro de vida
- Cobrar un seguro de vida puede ser algo confuso
- Para recibir la indemnización deberás tener claros los plazos y la documentación necesaria
Contratar un seguro de vida es una decisión muy acertada para quienes desean proteger a su familia y a ellos mismo en caso de fallecimiento o invalidez. Se trata de un tipo de póliza muy útil, pero que, en ocasiones, plantea muchas dudas, sobre todo en lo que respecta al cobro de la indemnización. Y es que suele ser una situación que suele darse en momentos difíciles y puede llegar a ser confuso.
Por eso, desde Rastreator te contamos cómo cobrar un seguro de vida, cuáles son los plazos y qué documentación necesitarás.
¿Tenía el fallecido un seguro de vida?
Lo primero que debes tener claro es si eres beneficiario de un seguro de vida. Ya que, en ocasiones, una persona puede haber contratado un seguro de estas características y no habérselo comunicado a sus familiares. Para saberlo, deberás dirigirte al Registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento.
¿Qué documentos necesitas para cobrar un seguro de vida?
Una vez que te hayas cerciorado de que esta persona disponía de una póliza de vida, tendrás que ponerte en contacto con la aseguradora y darle toda la información que necesite. Y es que, aunque cada aseguradora es diferente, lo mejor es que tengas todos los documentos relativos al fallecimiento del asegurado.
Por normal general necesitarás tener estos documentos a mano:
- Póliza del seguro de vida.
- DNI del beneficiario.
- Certificado de nacimiento y defunción del asegurado.
- Certificado médico en el que se pueda conocer la causa de fallecimiento.
- Certificado del Registro de Actos de Últimas Voluntades.
- Copia del testamento.
- Liquidación y carta de pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
¿Tengo la obligación de pagar el Impuesto de Sucesiones y donaciones?
Como normal general, para cobrar un seguro de vida tendrás que presentar el justificante de pago del Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Sin embargo, si necesitas parte de este dinero precisamente para pagar el impuesto, tienes la posibilidad de hacer liquidaciones parciales o extender cheques a nombre de la oficina liquidadora.
Si te encuentras en esta tesitura, lo más recomendable es que hables con tu aseguradora y te explique las opciones que tienes, ya que cada una funciona de una forma diferente.
¿Qué plazos debes cumplir?
Para empezar con los trámites para cobrar el seguro de vida es necesario que notifiques a la aseguradora la defunción en un plazo de siete días. Sin embargo, puede ocurrir que se te pase el plazo porque no sabías que el fallecido tenía un seguro, por ejemplo. En estos casos, según la Ley del Contrato de Seguro, podrás reclamar hasta cinco años después la indemnización si no has actuado de mala fe.
Una vez hayas hecho la notificación a la aseguradora, esta tiene 40 días para hacer el pago.
¿Se puede negar la aseguradora a pagarte?
Aunque hayas presentado toda la documentación que te pidan, hay ciertos supuestos por los que la aseguradora se puede negar a pagar la indemnización. Puede que exista un impago de la prima, que no exista beneficiario, que el asegurado no haya comunicado una enfermedad preexistente importante, incluso que realice actividades de riesgo o que la compañía no cubriera la causa de la muerte y esté estipulado en el contrato.
Contrata un seguro de vida que proteja a tu familia
¿Todavía no dispones de un seguro de vida que asegure el futuro de tus seres queridos cuando tú no estés? Encontrar el que mejor se adapta a ti no siempre es fácil por eso te recomendamos calcular tu seguro de vida con Rastreator. Así podrás elegir entre todas las ofertas de las aseguradoras.
Periodista especializada seguros, finanzas, energía y viajes. Lleva escribiendo artículos en Rastreator desde marzo de 2018 para todos los productos de la web.