Seguros de Comunidades de Vecinos

  • Cada comunidad de vecinos sufre una media anual de un siniestro ocasionado por agua.
  • El seguro Multirriesgo para comunidades de vecinos no es obligatorio, pero puede evitar las temidas derramas.
  • Estos seguros incluyen bonificaciones por no siniestralidad y pueden cubrir desde el edificio en sí hasta su contenido.

Problemas por agua, incendios, pintadas en las fachadas, desperfectos en el tejado… son situaciones que no aparecen a diario en las comunidades de vecinos, pero que, el día que se presentan, pueden ocasionar una derrama que deberá ser abonada equitativamente por los vecinos. Según la Memoria Social del Seguro de 2011 de la Asociación Empresarial del Seguro (Unespa), los edificios de viviendas tienen de media: 1 siniestro por agua cada año, por fenómenos atmosféricos cada 4 años, Responsabilidad Civil cada 7, al igual que por rotura de cristales, incendios cada 16 años y robo cada 17. Quedando las averías de maquinaria y los daños eléctricos con un siniestro cada más de 30 años. ¿Tu comunidad está preparada para los imprevistos?

Este tipo de gastos suelen correr a cargo de las cuentas de la comunidad, y para que no existan «agujeros» en las mismas, lo más sencillo es contratar una póliza Multirriesgo. El importe de este seguro también será pagado con las cuotas a la comunidad de los vecinos. En el caso de que suceda un siniestro en el edificio, los inquilinos del mismo no tendrán que hacerse cargo de él, porque el seguro tendrá unas garantías para mantener su bienestar y calidad de vida. La prima será dividida entre todos los vecinos, por lo que además pasará casi desapercibida entre las cuotas pagadas para el mantenimiento del edificio.

¿Los seguros de comunidades de vecinos son obligatorios?

La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, en su artículo 6, establece que los constructores de edificios de vivienda deben contratar obligatoriamente, y por plazo de 1 año, un seguro de daños materiales o de caución. O en su caso, que el promotor retenga un 5% del coste de la obra para hacer frente a los daños materiales ocasionados por una deficiente ejecución.

Los desperfectos provocados por vicios o desperfectos que afecten a la cimentación, soportes, vigas, forzados… o cualquier elemento de la construcción, podrán ser reclamados al constructor durante los 10 años posteriores a la construcción. Durante los 3 primeros años también se puede reclamar el incumplimiento de requisitos de habitabilidad y durante el primero los elementos de acabado de la obra. A partir de entonces, la comunidad de vecinos no podrá acudir al constructor en caso de problemas y tanto los producidos en el edificio como en su interior serán responsabilidad de la comunidad de propietarios.

A nivel estatal no hay ninguna ley que obligue a una comunidad de vecinos a contratar una póliza de Seguros, pues la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) no lo contempla. Se limita a indicar que «con cargo al fondo de reserva de la comunidad podrá suscribir un contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca o bien concluir un contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales».

Sin embargo, tanto en la Comunidad de Madrid como en la de Valencia sí existe dicha obligación y los edificios de viviendas deben contratar una póliza que cubra los riesgos de incendios y daños a terceros.

Pese a su carácter voluntario, es importante que las comunidades se planteen contratarlo al ser algo recomendable, sobre todo contar con un seguro para cubrir daños que puedan afectar a terceros.

Seguro de Edificios en Madrid

El artículo 24 de la Ley 2/1999, de 17 de marzo, sobre medidas de calidad de la Edificación fija que «Todo edificio deberá estar asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros».

Edificios valencianos asegurados por ley

En la comunidad valenciana la ley que fija el aseguramiento de los edificios de viviendas es la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunidad Valenciana. En su artículo 30 determina que «es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros». Asimismo, determina que la Comunidad de propietarios deberá suscribir estos seguros también para los elementos comunes de todo el inmueble. Y si cuentan con «un seguro que cubra los daños causados en el edificio por riesgos extraordinarios, o un contrato de mantenimiento previamente del inmueble y sus instalaciones generales, gozarán de preferencia para la obtención de ayudas públicas a la rehabilitación, conservación y mantenimiento de los mismos.

Pese a su carácter voluntario, es importante que las comunidades se planteen contratarlo al ser algo recomendable, sobre todo contar con un seguro para cubrir daños que puedan afectar a terceros.

¿Qué cubre el seguro Multirriesgo en las comunidades de vecinos?

Los seguros Multirriesgo para comunidades de vecinos disponen de gran flexibilidad para adaptar la póliza a las necesidades concretas de cada edificio de vecinos. La lista de coberturas que se puede contratar es muy amplia y cada comunidad debe escoger en función de las necesidades del edificio y de sus inquilinos. Una modalidad básica contemplaría las contingencias más comunes, como incendio, roturas, daños por agua o fenómenos climatológicos, Responsabilidad Civil, o Asistencia Jurídica.

Como se trata de cubrir todos los bienes y propiedades de una comunidad de propietarios, existen coberturas opcionales que se pueden añadir al paquete básico. Entre ellas se incluye robo, daños estéticos, asesoramiento, rotura de cristales, accidentes individuales en las zonas comunes y protección jurídica, entre otras.Además de asegurar el edificio, también se posible cubrir el mobiliario, los objetos artísticos, las instalaciones deportivas, los trasteros, jardines, zonas de trabajo e incluso los vehículos del garaje. Las coberturas pueden alcanzar incluso a las personas físicas que protegen los intereses de la comunidad, como el caso del presidente o administrador de la finca.

Particularidades del seguro Multirriesgo de edificios de viviendas

Normalmente, incluyen un servicio de asistencia permanente a la comunidad y permiten la posibilidad de fraccionar el pago del seguro. El capital asegurado se actualiza cada año para evitar desfases y que, en el caso de que se produzca un siniestro, se indemnice por la cantidad adecuada.

En ellos existe una cláusula de «bonificación por no siniestralidad», y la posibilidad de incluir dentro del seguro reclamaciones a copropietarios por impago de los gastos de la comunidad. Sin embargo, algunas compañías aseguradoras tienen franquicia de daños por agua o limitan la indemnización por la misma. Asimismo, ninguna compañía garantiza la reconstrucción total del inmueble en caso de ser derribado.

Los siniestros en las comunidades de vecinos

Según la información publicada por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), el número de comunidades de vecinos aseguradas en España en 2011 era 717.453. De ellos, 1 de cada 5 casos era una comunidad de vecinos asentada en un edificio de menos de 10 años de antigüedad. Asimismo, según los datos de junio de Investigación Cooperativa entre Entidades Aseguradoras y Fondos de Pensiones (ICEA), el número de pólizas Multirriesgo contratadas por comunidades de vecinos ha aumentado un 1,2%.

El perfil de las comunidades de vecinos es muy diferente al de los hogares individuales, y el seguro Multirriesgo que cubre a las comunidades de vecinos es la única póliza patrimonial en la que se producen más siniestros que números de pólizas existen. Esto se explica, según la Memoria Social del Seguro de 2012 de Unespa, por «el elevado nivel de uso de los elementos comunes de las comunidades de vecinos».

En términos generales, no existe una diferencia significativa entre los edificios más antiguos y los más modernos en relación con el número de siniestros y de pólizas. Los edificios con menos de 10 años de antigüedad son los más asegurados, seguidos de los que se encuentran entre los 31 y los 40 años. En cuanto al número de siniestros, la mayoría de ellos se producen en estas mismas franjas, pero en los de más de 31 años el número de partes al seguro es mayor que el número de pólizas de los mismos.

En las más de 717 mil pólizas suscritas se produjeron durante el año 2011, último año del que se tienen datos, 824.569 siniestros, con un valor aproximado al día de 965.000 euros. En cuanto a la tipología, normalmente los sucesos ocurridos en el seguro de Hogar guardan relación con los de las comunidades de vecinos, de ahí que los daños causados por agua sean el problema más común de los edificios de vivienda. Así, en ese año las aseguradoras atendieron 456.000 averías o problemas por agua, con un coste de más de 176 millones de euro.

Los daños por fenómenos atmosféricos son los segundos más comunes, con 87.000 casos en 2011. Sin embargo, pese a estar sólo por debajo de los ocasionados por agua en cuanto a frecuencia, el segundo más costoso no es éste, sino la Responsabilidad Civil, con unos 44 millones de euros, seguido de los incendios, con un valor muy aproximado.

En cuanto a las Comunidades Autónomas, Cataluña, con 200.000 comunidades aseguradas, es la que más pólizas tiene, algo menos del doble que las que se observan en la Comunidad de Madrid. Frente a las 265 comunidades aseguradas en Cataluña por cada 10.000 habitantes, Asturias se sitúa con 199. En relación a los costes derivados del aseguramiento, 87 millones de euros son los utilizados en Cataluña, frente a los 62 de la Comunidad de Madrid, que le sigue, y los 44 de Andalucía.

Estos seguros, aunque no son obligatorios, se incluyen en los gastos de la comunidad, por lo que además de recomendables son asequibles. Sin embargo, si el siniestro acontece en el interior de tu domicilio particular el seguro de la comunidad no lo cubrirá, por lo que además del seguro de la comunidad de propietarios es necesario adquirir un seguro de hogar para «cubrirse las espaldas» y evitar sustos. La prima de esta póliza deberá ser pagada por el propietario, pero los precios son muy económicos, sobre todo si comparas coberturas y precios entre varias compañías.