¿Qué daños ocasionados por la nieve cubren los seguros?

3 minutos
  • Si no cuentas con un seguro de hogar, ni siquiera el Consorcio de Compensación de Seguros te cubrirá los daños
  • Para que los daños ocasionados en tu coche estén cubiertos por el seguro debes tener contratada la cobertura por daños meteorológicos
  • El Consorcio de Compensación de Seguros no cubre los daños provocados por la nieve, pero sí los daños derivados de la inundación por deshielo posterior

danos-nieve-seguroLas nevadas se celebran en las estaciones de esquí porque permiten disfrutar de este deporte de montaña. Sin embargo, cuando llega un temporal con grandes nevadas, los daños en viviendas y coches pueden ser enormes. Arboles caídos, coches aplastados, vuelos cancelados y grandes bloques de nieve son algunas de las consecuencias de la nieve.

Por ello, después de la euforia por ver la nieve, ahora es momento de valorar daños y comenzar con las reparaciones. Es lógico que llegados a este punto surjan dudas como ¿quién se hace cargo de todo esto? ¿Me cubre el seguro los daños ocasionados por la nieve o tengo que acudir al Consorcio? Si mi comunidad ha sido declarada zona catastrófica, ¿qué significa? ¿Cómo sé si puedo solicitar ayuda?

Resolvemos todas estas cuestiones para que sepas qué hacer y a quién solicitar ayuda.

¿Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros?

En el caso de que los daños que se hayan producido a causa directa de la nieve o por heladas, el Consorcio de Compensación de Seguros no cubrirá los siniestros producidos. Sin embargo, sí indemnizará los daños derivados de la inundación por deshielo posterior o por fuertes vientos. En esta ocasión, serán las propias compañías aseguradoras quienes se harán cargo en el caso de que la póliza así lo indique siempre que la persona afectada lo tenga contratado.

Por otra parte, entre las situaciones que sí cubriría el Consorcio de Compensación de Seguros se encontraría por ejemplo las inundaciones, los embates de mar, las tempestades de viento que presenten rachas de velocidad superior a 120 kilómetros por hora, los tornados y los terremotos, pero no las nevadas tal y como ha ocurrido en la capital.

¿Qué ocurre si mi coche ha sufrido un daño por nieve?

Si los daños en tu vehículo son provocados por nieve, hielo o granizo, tu compañía aseguradora sólo los cubrirá si tienes contratada específicamente una garantía o una ampliación que los especifique en tu seguro de coche. Es decir, si ha caído un árbol en tu vehículo durante estos días al estar aparcado en la calle, para que te cubra el seguro, debías tener contratado previamente una cobertura extra en tu póliza por daños meteorológicos, especificando que estos fueran causados por nieve, granizo o hielo.

No obstante, en este caso, si no te cubre tu seguro podrías explorar opción de responsabilizar al propietario del suelo donde esté situado el árbol, así como el estado del mismo. Así, si el árbol está en la vía pública podrías analizar la vía de actuación contra la administración titular del bien que ha provocado los desperfectos, de igual forma que podrías exigir responsabilidades a una comunidad de vecinos, en caso de que el árbol estuviera en una de estas, o, incluso, a un particular si el árbol fuera de su propiedad privada.

¿Y si tengo contratada una póliza a terceros?

Un automóvil que tenga contratada una póliza a terceros no estará cubierto ante ningún fenómeno natural, a excepción de que incluya de forma específica una cobertura de daños propios –robo, lunas o incendio– o que haya contratado de forma específica una ampliación de la póliza para incluir este tipo de daños. Eso sí, de igual forma que comentábamos en el epígrafe anterior, te recomendamos que valores la posibilidad de exigir que se haga cargo de los daños ocasionados a tu vehículo al dueño del terreno en el que estuviera situado el árbol.

Y si se ha inundado mi casa o la del vecino por el deshielo, ¿lo cubre el seguro de hogar?

En caso de que la inundación se haya producido por deshielo, el coste de las indemnizaciones lo asumirá el Consorcio de Compensación de Seguros. No obstante, para que esto ocurra, debes tener contratado previamente un seguro de hogar que incluya la cobertura por daños causados por fenómenos atmosféricos, ya que de lo contrario, si se inunda tu casa y no la tienes asegurada, ni siquiera el CCS se hará cargo de la reparación.

¿Cubre mi seguro de hogar un desprendimiento de terraza o tejado a causa del peso de la nieve?

Para que esté  cubierto, tu póliza de hogar debe tener la cobertura de fenómenos atmosféricos (daños por nieve). Esta suele ser una garantía común en los seguros. No obstante, es importante que recuerdes que para que la aseguradora se haga cargo, además de la acreditación de dichos fenómenos por parte de la Agencia Estatal de Meteorología o de los medidores oficiales pertenecientes a los Ministerios, Comunidades Autónomas o Entidades Provinciales más cercanos, los bienes asegurados han de estar en buen estado de conservación y mantenimiento. De lo contrario, la compañía no se hará responsable de los daños ocasionados.

¿Cubre mi seguro de hogar si la nieve de mi vivienda ocasiona algún daño físico o material a terceros?

Siempre y cuando tengas contratada esta cobertura, tu aseguradora se hará cargo de las indemnizaciones de las que pudieras resultar civilmente responsable, de daños corporales o materiales y perjuicios ocasionados a terceros, así como los costes judiciales y gastos que te pudieran ser impuestos.

¿Cubre el seguro de viaje la cancelación por nieve?

El seguro de viaje no cubre como tal la cancelación por estas circunstancias. No obstante, si se trata de un viaje en avión que no has podido realizar como consecuencia del temporal, la aerolínea tiene la obligación de realizarte el reembolso íntegro del vuelo. En ningún caso,  podrás solicitar a la compañía aérea una compensación económica, pues el cierre del aeropuerto o la cancelación de vuelos por las condiciones climáticas adversas son circunstancias ajenas a las aerolíneas.

Sin embargo, las compañías aéreas también están obligadas a ofrecer asistencia a sus pasajeros, así como comida y bebida. De igual forma, han de facilitar la comunicación vía telefónica en la medida de lo posible y, en última instancia, deben proporcionar alojamiento a sus viajeros, así como el transporte hasta dicho alojamiento y el consiguiente regreso al aeropuerto.

¿Qué cubre la declaración de zona catastrófica?

Cuando un territorio se declara como zona catastrófica, los afectados pueden solicitar ayudas para cubrir los daños. Tal y como indica el artículo 24 de la ley de 2015 del Sistema Nacional de Protección Civil, pueden solicitar ayudas en función de los daños:

  • Ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
  • Compensación a Corporaciones Locales por gastos derivados de actuaciones inaplazables.
  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes.
  • Ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios.
  • Subvenciones por daños en infraestructuras municipales, red viaria provincial e insular.
  • Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.
  • De manera excepcional, el Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas podrá autorizar una reducción de los índices de rendimiento neto de las explotaciones y actividades agrarias realizadas en las zonas siniestradas.
  • Apertura de líneas de préstamo preferenciales subvencionadas por el Instituto de Crédito Oficial.

¿Quién puede solicitar las ayudas por zona catastrófica?

Si eres unos de los afectados y quieres solicitar las ayudas, en primer lugar deberás cumplir varios requisitos:

  1. Los daños materiales habrán de ser ciertos, evaluables económicamente y referidos a bienes que cuenten con la cobertura de un seguro, público o privado.
  2. Las ayudas por daños materiales serán compatibles con las que pudieran concederse por otras Administraciones Públicas o con las indemnizaciones que correspondieran en virtud de pólizas de seguro, sin que el importe global de todas ellas pueda superar el valor del daño producido.
  3. La valoración debe hacerse por organismos especializados en tasación de siniestros o por los servicios técnicos dependientes de las Administraciones Públicas.
  4. Para facilitar la tramitación de las ayudas y la valoración de los daños, la Administración competente y el Consorcio de Compensación de Seguros podrán intercambiarse los datos sobre beneficiarios de las ayudas e indemnizaciones que se concedan, sus cuantías respectivas y los bienes afectados.
Escrito por:
Alba Ruiz

Licenciada en Periodismo con un máster en Marketing Digital. Está especializada en Seguros y Telefonía, donde escribe con regularidad desde 2017. Actualmente es la responsable de las redes sociales de Rastreator.