El Gobierno unifica las leyes que reflejan los derechos de las personas con discapacidad
2 de diciembre de 2013
El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes el decreto legislativo que aprueba la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, que unifica el contenido de las tres leyes existentes hasta el momento en el ordenamiento jurídico español. Así, se aglutina el contenido de la Ley de Integración Social de Personas con Discapacidad (LISMI), de 1982; la Ley de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, de 2003, y la Ley por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad, de 2007.
El anuncio coincide con la celebración del Día Internacional de la Discapacidad , que se celebra mañana, 3 de diciembre. Soraya Sáenz de Santamaría, vicepresidenta del Gobierno, destacó la protección «singularizada que requiere el ejercicio de los derechos por parte de las personas que tienen distinta capacidad» y que lo hacen, según la ministra, mejorando y simplificando la normativa.
No se trata sólo de un compendio de leyes, sino que además las actualiza y armoniza siguiendo la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Así, esta nueva legislación de las personas con discapacidad supera, según Santamaría, el concepto asistencial de décadas pasadas y comienza un compromiso de futuro para trabajar coordinadamente por la plena inclusión de las personas con capacidades diferentes.
Dentro del texto, se incluye por primera vez un apartado dedicado a sus derechos en el que se incorpora su protección en todos los ámbitos, desde la igualdad de oportunidades hasta la atención sanitaria, la educación y el empleo.
Casos de discriminación
La nueva norma incluye, también por primera vez, la definición de todos los tipos de discriminación, tanto directa como indirecta, y añade a ellas la producida por asociación y acoso, «con el fin de contemplar el marco jurídico de prohibición de la discriminación en cualquiera de sus manifestaciones».
- Discriminación directa: se da cuando la persona es tratada de manera menos favorable que otra a causa de su discapacidad.
- Discriminación indirecta: cuando una disposición legal o una cláusula contractual puede ocasionar desventajas.
- Discriminación por asociación: cuando una persona o grupo es discriminada por su relación con una persona con discapacidad.
- Discriminación por acoso: aquella conducta que tiene por objetivo o consecuencia atentar contra la dignidad de una persona con discapacidad o crear un entorno «intimidatorio, hostil, degradante o humillante».
Discriminación laboral de los discapacitados
Recientemente, un estudio de la Fundación Adeco indicó que sólo un 20% de las empresas pequeñas tiene contratado algún trabajador con discapacidad, frente al 75% de las medianas y el 94% de las grandes. Y 7 de cada 10 empresas encuentra barreras en la contratación de estas personas.
En cuanto al perfil del trabajador con discapacidad, se trata de una mujer de entre 36 y 45 años, con discapacidad física y con estudios de Formación Profesional contratada por obra y servicio como operaria.
Un piercing en la lengua para dirigir la silla de rueda
El Instituto tecnológico de Georgia ha desarrollado un dispositivo que se pone en la lengua, cual piercing, y ayuda a controlar la silla de ruedas, según indica EuropaPress. El dispositivo, que aún no está preparado para su comercialización, ha sido probado en pacientes con lesión medular y permitirá a las personas que tengan limitaciones de movimiento una mayor independencia. Se trata del Togue Drive, y funciona como un «joystick», ya que es controlado con la posición de la lengua del usuario.