Nuevos planes de ahorro a largo plazo: los SIALP y los CIALP
- Los Planes de Ahorro a Largo Plazo se pueden contratar a través de seguros de Vida o cuentas individuales.
- Mantener el producto durante 5 años y ajustar las aportaciones al límite son requisitos para beneficiarse de la exención de tributar.
Cada reforma fiscal introduce cambios sustanciales o pequeños matices en aspectos que de un modo u otro repercuten directamente a cada español. La última de ellas entró en vigor el pasado 1 de enero y no sólo trajo consigo modificaciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), o el alquiler y venta de vivienda, sino también en otros aspectos tributarios que afectan a los Planes de Pensiones y algunos productos aseguradores.
La Ley 26/2914, de 27 de noviembre abrió paso a un nuevo instrumento de ahorro con el que los españoles pueden obtener ciertas ventajas fiscales. La disposición adicional vigésima sexta de esta nueva normativa crea los denominados oficialmente como Planes de Ahorro a Largo Plazo.
Plan de Ahorro a Largo Plazo o Plan de Ahorro 5
Estos planes han sido creados con el propósito de incentivar el ahorro individual privado para la jubilación y se pueden contratar a través de seguros de Vida o depósitos y contratos financieros que ya han comenzado a comercializarse a través de los denominados Plan de Ahorro 5. El principal atractivo de ambos es que están exentos fiscalmente si se mantienen activos durante 5 años y se hacen ingresos de menos de 5.000 euros anuales. Es decir, que si cumplen el lustro y con las aportaciones máximas no es necesario tributar por los rendimientos generados por sus intereses.
Tipos de planes: SIALP y CIALP
Para materializar los Planes de Ahorro a Largo Plazo se han creado 2 nuevos productos, uno asegurador y otro bancario.
- Seguros Individuales de Vida a Largo Plazo (SIALP)
- Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo (CIALP)
Seguro Individual de Ahorro a Largo Plazo, SIALP
Con esta reforma, el legislador reconoce el seguro como instrumento de ahorro a largo plazo a través de los Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo (SIALP). Este producto asegurador se contrata a través de entidades aseguradoras y no puede cubrir contingencias distintas de la supervivencia o el fallecimiento. En este seguro el contratante es también asegurado y beneficiario salvo en caso de fallecimiento. Asimismo, como producto asegurador, la Dirección General de Seguros y Planes de Pensiones (DGSFP) es la entidad que establece las garantías y vigilancias.
Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo, CIALP
La diferencia principal con los SIALP es que los CIALP son depósitos y contratos financieros que se deben suscribir a través de entidades financieras, no pudiendo hacerse con aseguradoras. Además, las cuentas de ahorro están sujetas al Fondo de Garantía de Depósitos.
Normativa común a los Planes de Ahorro 5
En términos generales, se dirigen principalmente a clientes conservadores sin mucho margen de ahorro y que buscan una rentabilidad a largo plazo, y es que, previsiblemente, el interés no será muy alto. Ambos son contratos de inversión celebrados entre el contribuyente y una entidad (aseguradora o de crédito) que otorgan a sus propietarios ventajas fiscales en el caso de que éstos se ajusten a la normativa que los define:
Un solo plan de ahorro por persona
Sólo es posible tener contratado uno de estos productos financieros, ya que, según la legislación, » un contribuyente sólo podrá ser titular de forma simultánea de un Plan de Ahorro a Largo Plazo». Por lo tanto, las aportaciones se pueden hacer sólo a través de uno o sucesivos seguros individuales de Vida o depósitos y contratos financieros. Es decir, que un usuario puede mantener durante 5 años un seguro de Vida o un depósito de este tipo y tras su cancelación contratar otro distinto u optar por el otro producto de ahorro a largo plazo.
5 años de vigencia
La exención de los rendimientos positivos sólo existe si mantiene el producto en vigor durante al menos 5 años desde la primera aportación. Es decir, que el usuario que disponga de un SIALP o de un CIALP activo durante un quinquenio cuando extraiga los rendimientos no tendrá que tributar por ellos. Por lo tanto, durante los 5 años no se puede disponer del dinero invertido.
En el caso de que se quiera poner fin al producto de ahorro y disponer de su capital antes de que transcurra ese tiempo la entidad debe practicar una retención del 19% de los rendimientos del capital mobiliario positivos obtenidos desde la apertura. De este modo, se equipararía a otros productos como las cuentas de ahorro o los depósitos bancarios.
Una vez transcurrido ese periodo de tiempo los que estén articulados como Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo son desembolsados por la entidad, mientras que en el caso de los Seguros Individuales de Vida a Largo Plazo existe la posibilidad de ser reinvertidos en otros.
Aportaciones de hasta 5.000 euros al año
Las aportaciones a un Plan de Ahorro a Largo Plazo no pueden superar los 5.000 euros anuales en ninguno de los ejercicios de su vigencia para poder beneficiarse de las ventajas fiscales. Por su parte, los rendimientos que genere ese capital en el contrato financiero no se tienen en cuenta a efectos de ese límite.
En el caso de los Seguros Individuales de Ahorro a Largo Plazo, si el usuario decide contratar un SIALP nuevo tras vencer el que tenía contratado, el importe íntegro del antiguo se puede incluir en el nuevo sin que computen a efectos del límite de 5.000 euros. Es decir, que permite alargar el producto en uno nuevo más allá de los 5 años y manteniendo la excepción de tributar por superar el importe máximo anual.
Si se opta por una Cuenta Individual de Ahorro a Largo Plazo esta premisa no se cumple porque siempre se produce el desembolso cuando finaliza el producto, por lo que sí se tiene en cuenta si se contrata otra.
Planes de ahorro en forma de capital
Otra de las normas que rigen estos productos es la manera en la que se puede percibir el capital invertido y sus intereses. Según indica la Agencia Tributaria, los Planes de ahorro a Largo Plazo sólo pueden recibirse en forma de capital. Esto quiere decir que no es posible retirar parte del dinero invertido mientras esté en activo el producto financiero y que una vez finalizado ese periodo la recepción del dinero íntegro (inversión e intereses) se hace de golpe, no pudiendo recibirse en forma de rentas.
Capital asegurado
Las entidades que comercializan estos productos de ahorro están obligadas legalmente a garantizar la devolución de, al menos, un 85% del capital que el usuario ha invertido en él si se cancela antes del final del periodo.
Contratar un SIALP o un CIALP
Existen muchas formas de ahorrar para el futuro, desde seguros de Vida hasta depósitos bancarios, Planes de Pensiones o Fondos de Inversión, entre otros. Si estás pensando en contratar un SIALP o un CIALP debes tener en cuenta que en ambos Planes de Ahorro a Largo Plazo debes prestar mucha atención a los requisitos para disfrutar de sus ventajas fiscales. Y es que la excepción de tributar el producto por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) no es válida si el cliente no se ajusta a las normas del Plan de Ahorro a Largo Plazo.