¿Se puede aparcar la moto en la acera?

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Son muchas las ventajas que las motos tienen frente a los turismos como mayor fluidez del tráfico en la ciudad, menor contaminación, rapidez en los desplazamientos y facilidad de aparcamiento, entre otras. Sin embargo, a pesar de lo que la mayoría de gente piensa, aparcar la moto en la ciudad no siempre es una tarea fácil.

Y es que no existe una normativa general al respecto, lo que implica que no vale ni cualquier forma ni lugar para estacionar las motocicletas, dejarlas en cualquier lugar puede suponer una multa o bien volver y que no esté donde la estacionaste. ¿Cuál es el lugar ideal para aparcar la moto?, ¿se puede aparcar en la acera? A continuación contamos en qué lugares es aconsejable estacionar tu vehículo y no tener problemas con la Ley.

¿Qué dice la Ley?

La Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de 1990, modificada en 2009, en su artículo 39.2 establece las prohibiciones generales de estacionamiento. El apartado letra «e» del mismo indica que está prohibido aparcar “sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones”.

Sin embargo, esta prohibición tiene algunas excepciones, ya que se entiende que hay muchos casos distintos y en ocasiones no queda más remedio que aparcar en las aceras para no crear un caos circulatorio. Por eso, también prevé quelos Municipios, a través de Ordenanza Municipal, podrán regular la parada y el estacionamiento de los vehículos de dos ruedas y ciclomotores de dos ruedas sobre las aceras y paseos siempre que no se perjudique ni se entorpezca el tránsito de los peatones por ella”.

¿Qué ciudades permiten aparcar la moto en la acera?

No hay una respuesta correcta para todo el país porque la normativa de aparcamiento es competencia de cada ayuntamiento. Sin embargo, sí que hay normas comunes entre todas. La primera, aparcar la  moto preferentemente en los espacios reservados para ellas y no ocupar los espacios dedicados para bicicletas y plazas con horario limitado (zonas verdes y azules).

Por otro lado, en el caso de que no hubiera plazas disponibles, una opción es aparcar en la misma calzada, en oblicuo, ocupando una anchura máxima de entre 1,5 y 2 metros. Cuando no sea posible el estacionamiento en calzada o en los espacios reservados previstos anteriormente, los vehículos de dos ruedas podrán estacionar en las aceras, la mayoría de ordenanzas especifican que el acceso a la acera debe ser a pie y con el motor apagado. Además, hay que tener presente que, en general, se prohíbe el anclaje de la moto a árboles y otros elementos del mobiliario urbano.

Madrid y Barcelona: lo permiten si la acera tiene tres metros de ancho

No todas ciudades han desarrollado normas específicas para el aparcamiento de motos, pero cabe destacar algunas que sí lo han hecho. Por ejemplo, Madrid y Barcelona han recurrido a una reglamentación muy similar. Ambas establecen que cuando no sea posible el estacionamiento en calzada o en los espacios reservados previstos anteriormente, los vehículos de dos ruedas podrán estacionar en las aceras, andenes y paseos de más de tres metros de ancho con las siguientes condiciones: aparcar paralelamente al bordillo, lo más próximo posible al mismo. En ningún caso se permitirán dos líneas de estacionamientos en la acera. Cuando las aceras, andenes o paseos tengan una anchura superior a 6 metros, se podrá aparcar en semibatería o en ángulo.

Zaragoza: dos metros entre las motos aparcadas

Aparte de Barcelona y Madrid, hay otras ciudades que tienen una normativa similar, como Sevilla, Valencia y Zaragoza. En esta última, por ejemplo, la distancia entre dos motos aparcadas en la acera debe ser superior a dos metros y no se aplica a zonas residenciales; es decir, no se puede aparcar en la acera si la zona está señalizada como residencial. Además, si es festivo o la vía está cortada al tráfico, especifica que no se podrá ni siquiera llevar la moto, a motor parado, para aparcar allí.

Alicante, Granada, Málaga, Badajoz, y parte del Norte: prohibido

Por otro lado, también podemos encontrar el caso contrario, y es que hay ciudades que directamente prohíben aparcar en la acera, entre ellas se encuentran Alicante, Badajoz, Bilbao, Gijón, Granada, Málaga, Oviedo, San Sebastián, Santander, Valladolid y Vigo.

Así las cosas, es recomendable consultar las distintas ordenanzas municipales para conocer la normativa local sobre aparcamiento de motos y no llevarse una amarga sorpresa cuando vuelvas a por ella.

Las consecuencias

No todas las ciudades se rigen por la misma normativa respecto a dónde aparcar la moto, sin embargo, la obligatoriedad del seguro de moto es algo que todas comparten. Y una de las coberturas que suelen tener las compañías es la de reclamación de multas. Y es que, aunque en muchos municipios es extraño que se multe a una moto por estar mal aparcada, eso ni significa que no suceda muchas veces si se infringen las normas de aparcamientos. Desde nuestro comparador de Seguros de Moto puedes comparar las distintas modalidades de seguro y ver cual se adapta mejor al perfil del futuro asegurado, pudiendo comparar las coberturas y cantidades aseguradas.

Mayo 2017

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